La participación de utilidades que se establece por el presente decreto no da derecho alguno al trabajador o trabajadores para intervenir en la dirección o administración de la empresa, ni para inspeccionar la contabilidad de ésta. La inspección a que hubiere lugar para los fines de este decreto, corresponderá sólo al estado.
Decreto 2474 de 1948 →Vigente
Artículo 31
La Participación De Utilidades Que Se Establece Por El Presente Decreto No Da Derecho Alguno Al Trabajador O Trabajadores Para Intervenir En La Dirección O Administración De La Empresa, Ni Para Inspeccionar La Contabilidad De Ésta
Decreto 2474 de 1948 · Por el cual se fija la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.