° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional, en la cantidad de dos millones quinientos veintiocho mil quinientos setenta y dos pesos con cuarenta centavos (2.528.572.40) moneda corriente, según la siguiente distribución: PRESUPUESTO DE GASTOS INVERSION DIRECTA Programa 09 460 264. Artículo 25. Estudios, construcción y regularización de obras hidráulicas. Proyecto 1. Estudios, servicios, regularización del Rio Magdalena y canales, operación de dragas y transbordadores, defensa de puertos fluviales y poblaciones ribereñas, reconstrucción y compra de equipo $ 2.528.572.40
Decreto 2053 de 1971 →Vigente
Artículo 2
Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional, En La Cantidad De Dos Millones Quinientos Veintiocho Mil Quinientos Setenta Y Dos Pesos Con Cuarenta Centavos (2
Decreto 2053 de 1971 · Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia de 1971
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.