Micelio

Artículo 2.9.2.9.3

Definiciones

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Definiciones. Para efectos del presente decreto, además de las definiciones contenidas en la Ley 2316 de 2023, en el Decreto número 4725 de 2005, o en aquel que lo sustituya, modifique o derogue, así como las demás normas sanitarias que le apliquen a las sustancias modelantes permitidas, le serán aplicables las siguientes: • Listado de sustancias modelantes permitidas. Listado de sustancias modelan­tes permitidas, como aquellas sustancias de relleno inyectables utilizadas en tra­tamientos corporales con fines estéticos, incluidas en el listado expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y que se actualiza en colaboración con el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima). • Transacción primaria: Etapa del mecanismo informático del registro de control de ventas que corresponde a: i) la primera venta en Colombia de una sustancia modelante permitida objeto de reporte por parte de quien fabrica o importa a otro actor de la cadena o ii) a la primera compra en el territorio nacional colombiano de una sustancia modelante permitida objeto de reporte, realizada al actor que lo fabrica o lo importa. • Transacción secundaria: Etapa del mecanismo informático del registro de con­trol de ventas que a aquella en la que se hace venta por actores que no fabrican o importan la sustancia modelante permitida. No comprende el suministro final o inyección de la sustancia modelante permitida. • Transacción final: Etapa del mecanismo informático del registro de control de ventas que corresponde al suministro final o inyección de la sustancia modelante permitida realizada por un prestador de servicios de salud a una persona.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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