Micelio

Artículo 1

Ley 72 de 1927 · Por la cual se organizan las Secciones del Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas, se fijan las asignaciones de los empleados y se dictan otras disposiciones sobre instrucción pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sancionada la presente Ley, el ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas funcionaran con las siguientes secciones:

Comprenderá: enseñanza secundaria, universitaria, artística, industrial, comercial, registro de correspondencia y portería.

Comprenderá: Institutos Pedagógicos, Escuelas Normales, enseñanza primaria y útil de enseñanza.

Comprenderá: estadísticas, becas, contratos y registro de propiedad literaria.

Comprenderá: educación física.

Comprenderá: contabilidad.

Comprenderá: Dirección General de Lazaretos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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