Micelio

Artículo 45

La Junta Llevará Un Registro De Socorros En Que Se Anotará: El Nombre Del Beneficiado; El Del Militar De Quien Deriva Su Derecho; La Cuantía Del Beneficio Y La Fecha Del Título

Decreto 309 de 1897 · Que reglamenta la Ley 53 de 1896, sobre Montepío Militar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta llevará un registro de socorros en que se anotará: el nombre del beneficiado; el del militar de quien deriva su derecho; la cuantía del beneficio y la fecha del título.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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