Artículo único. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4° del Decreto número 2218 de 1950, y 112 del Decreto número 0700 de 1954, las denominaciones y asignaciones de los Juzgados Distritales de Aduanas de Cúcuta v Cartagena, serán las siguientes, a partir del día 16 de noviembre del año en curso: 1 Juez, $ 1.100.00 mensuales. 1 Oficial 4° Secretario, $ 770.00 mensuales. 1 Auxiliar 6° Portero Citador, $ 345.00 mensuales. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2403 de 1957 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2403 de 1957 · Por el cual se dicta una disposición relacionada con los Juzgados Distritales de Cúcuta y Cartagena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.