º El personal uniformado y civil de la Policía Nacional está sujeto al régimen disciplinario y al procedimiento que se preven en el Reglamento de Disciplina y Honor de la Institución, contenido en el Decreto-ley 1835 de 1979, sin perjuicio de que el Procurador Delegado para la Policía Nacional pueda ejercer, respecto de dicho personal, la acción disciplinaria contemplada en la Ley 25 de 1974.
Artículo 1
El Personal Uniformado Y Civil De La Policía Nacional Está Sujeto Al Régimen Disciplinario Y Al Procedimiento Que Se Preven En El Reglamento De Disciplina Y Honor De La Institución, Contenido En El Decreto-Ley 1835 De 1979, Sin Perjuicio De Que El Procurador Delegado Para La Policía Nacional Pueda Ejercer, Respecto De Dicho Personal, La Acción Disciplinaria Contemplada En La Ley 25 De 1974
Decreto 3068 de 1984 · Por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 25 de 1974 y el Decreto-ley 1835 de 1979 y se derogan unas disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.