Todo concurso para ingreso al servicio será calificado sobre la base de 100 puntos que el Consejo Superior de la Administración de Justicia determinará previamente, dentro de la siguiente escala: Hasta 80 puntos por las pruebas orales, escritas o mixtas y por las entrevistas personales. Hasta 50 puntos por la experiencia en el servicio notarial, registral o judicial o por el ejercicio de la profesión de abogado o el desempeño de cargos que impliquen la aplicación de conocimientos jurídicos. Hasta 30 puntos por los títulos en estudios secundario, universitario en derecho, o post-grado en disciplinas jurídicas. Hasta 30 puntos por la aprobación de cursos de capacitación especialmente los relacionados con notariado, registro o áreas jurídicas, o por la participación en foros o seminarios en estas mismas materias. Hasta 40 puntos por autoría de obras jurídicas editadas, especialmente en el área notarial o registral o por la docencia preferentemente la universitaria en derecho.
Las sanciones disciplinarias distintas de las que impidan ser notario o ser convocado a concurso, que apliquen las autoridades competentes a quienes hubieren desempeñado cargos públicos o en los servicios de notariado y registro, harán perder puntaje por experiencia, en la forma que determine el Consejo Superior de la Administración de Justicia en la convocatoria del concurso.