Modificado por el artículo 3° del Decreto 1381 de 2024.
Definir e informar al usuario sobre las condiciones de prestación del servicio.
Definir e informar al usuario sobre los residuos sólidos aprovechables.
Recolectar los residuos sólidos presentados por el usuario como aprovechables, de acuerdo con lo indicado en el contrato de condiciones uniformes del servicio público de aseo (CCU) para la actividad de aprovechamiento.
Realizar las actividades de clasificación en las Estaciones de Clasificación y Aprovechamiento (ECA).
No dejar residuos sólidos dispersos en las vías públicas que puedan conducir a la generación de puntos críticos.
Realizar campañas de capacitación de separación en la fuente a sus usuarios de la actividad de aprovechamiento del servicio público de aseo.