Micelio

Artículo 1

Decreto 2374 de 1934 · Por el cual se reglamentan las leyes 99 de 1928 y 3a de 1930

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Podrán transportarse libres de fletes en los ferrocarriles nacionales y con el 50 por 100 de rebaja en las empresas de transporte que reciban subvención nacional, a más de los elementos y maquinarias enumeradas en el Decreto número 1694 de 1931, los que importen las Sociedades de Agricultores legalmente constituidas y la Sección de Previsión Agrícola de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, siempre que a juicio del Ministerio de Agricultura y comercio sean de utilidad para la agricultura o la ganadería. Comuníquese y Publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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