Micelio

Artículo 3972

, Ordinal 14)

Decreto 126 de 1960 · Por el cual se distribuyen las partidas globales votadas para sueldos del personal, jornales a obreros, alimentación de profesores y personal administrativo, alimentación de alumnas becadas y restaurante, de la Escuela Normal Superior de Señoritas, de Manizales

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El texto del artículo

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Artículo primero. Las partidas globales apropiadas para sueldos del personal, jornales a obreros, alimentación de profesores y personal administrativo, alimentación de alumnas becadas y restaurante, de la Escuela Normal Superior de Señoritas de Manizales, en el presente año, se distribuyen así: Capítulo 388, artículo 3972, ordinal 14). Mensual Total Para sueldos del personal durante el mes de enero, de conformidad con la nómina del mes de diciembre de 1959 $ 14.868.00 Sueldos en once meses, febrero a diciembre: Rectora 950.00 10.450.00 Pagadora III 475.00 5.225.00 Oficinista III 325.00 3.575.00 Seis Profesoras Internas, Directoras de Grupo, de primera categoría, a $ 800.00 mensuales cada una 4.800.00 52.800.00 Tres Profesoras Internas, Directoras de Grupo, de segunda categoría, a $ 650.00 mensuales cada una 1.950.00 21.450.00 Para profesorado externo 956.36 10.519.96 Directora de la Escuela Anexa 650.00 7.150.00 Cinco Profesores de la Escuela Anexa, a $ 450.00 mensuales cada una 2.250.00 24.750.00 Capellán - Profesor 250.00 2.750.00 Médico - Profesor 250.00 2.750.00 Odontólogo 200.00 2.200.00 Bibliotecaria I 300.00 3.300.00 Portera I 150.00 1.650.00 Ecónoma II 200.00 2.200.00 Para servicio doméstico 1.365.64 15.022.04 Suma $ 15.072.00 180.660.00 Capítulo 388, artículo 3972, ordinal 14). Enero a diciembre: Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requiere el establecimiento en la presente vigencia y anteriores $ 83.33 999.96 Capítulo 388, artículo 3973, ordinal 14) Diez meses : febrero a noviembre : Para alimentación de 21 profesoras y personal administrativo, a $ 70.00 mensuales cada una $ 1.470.00 14.700.00 Para alimentación del servicio doméstico 570.00 5.700.00 Dos meses : enero y diciembre : Para alimentación del personal que debe permanecer en el establecimiento en época de vacaciones 400.00 800.00 Suma $ ________ 21.200.00 Capítulo 388, artículo 3976, ordinal 14). Diez meses: febrero a noviembre: Para alimentación de 38 alumnas becadas, a $70.00 mensuales cada una $ 2.660.00 26.600.00 Para restaurante de la Escuela Anexa 500.00 5.000.00 Suma $ 3.160.00 31.600.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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