Micelio

Artículo 2

Principios Que Rigen La Convocatoria

Decreto 1323 de 2020 · por el cual se definen reglas para la convocatoria pública para integrar las ternas de candidatos a magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, a cargo del Presidente de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Principios que rigen la convocatoria . En el trámite de la convocatoria pública para integrar las ternas de candidatos a magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, además de los principios señalados en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en lo pertinente, se aplicarán los siguientes principios: publicidad, transparencia, participación ciudadana, equidad de género y criterios de mérito

a)

Publicidad: se entiende por este la difusión efectiva de la convocatoria, de ma­nera que pueda ser conocida por los candidatos potenciales.

b)

Transparencia: la gestión del proceso de escogimiento de los aspirantes que in­tegrarán las ternas y del grupo técnico encargado del mismo. Atenderá criterios de objetividad en sus actuaciones.

c)

Participación ciudadana: Los ciudadanos podrán intervenir durante la convo­catoria para examinar los antecedentes de los aspirantes y hacer llegar obser­vaciones sobre los mismos.

d)

Equidad de género: el proceso estará diseñado para asegurar la participación de las mujeres interesadas en la convocatoria que cumplan con los requisitos determinados en la Constitución y en la ley para el empleo convocado. Se pro­curará, además, la participación de las mujeres en las listas y en las ternas que se presenten al Congreso de la República.

e)

Mérito: en la integración de las listas de las cuales se conformarán las ternas se tendrá en cuenta la demostración de las calidades académicas, la experiencia y las competencias que se requieren para el desempeño del cargo de Magistrado de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1323 de 2020