Micelio

Artículo 12

El Recurso De Apelación Contra Las Providencias De La Junta Se Interpondrá En El Acto De La Notificación O En Los Cinco Días Subsiguientes

Decreto 1137 de 1912 · Por el cual se reglamenta la Ley 82 de 1912

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El recurso de apelación contra las providencias de la Junta se interpondrá en el acto de la notificación o en los cinco días subsiguientes. Concedida la apelación, pasará la Junta el respectivo expediente al Ministerio de Gobierno, en donde se resolverá la apelación dentro del término de diez días después de recibida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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