Reevaluación del riesgo. El Grupo Técnico de Evaluación de Riesgo– GTER, reevaluará el riesgo de las personas vinculadas al Programa cada seis (6) meses.
Consecuentemente con el resultado de la reevaluación del riesgo, las medidas de protección asignadas se podrán suspender, retirar, renovar o modificar, para lo cual se tendrá en cuenta el procedimiento establecido en el artículo 42 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
(Decreto 1737 de 2010, artículo 30)