Micelio

Artículo 1

La Comisión Redactadora Del Nuevo Código De Régimen Administrativo, Creada Por El Artículo 19 De La Ley 165 De 1938, Y A La Cual Se Refiere La Ley 77 De 1945, Estará Compuesta Por Tres Abogados Titulados Que Nombrará El Gobierno Para Un Periodo De Un Año A -Partir Del 1° De Septiembre Próximo Y Que Escogerá Entre Quienes Hayan Desempñado Los Cargos De Ministro, Consejero De Estado, Profesor O Autor De Derecho Público, Procurador General De La Nación

Decreto 2288 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 77 de 1945

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Comisión Redactadora del Nuevo Código de Régimen Administrativo, creada por el artículo 19 de la Ley 165 de 1938, y a la cual se refiere la Ley 77 de 1945, estará compuesta por tres abogados titulados que nombrará el Gobierno para un periodo de un año a -partir del 1° de septiembre próximo y que escogerá entre quienes hayan desempñado los cargos de Ministro, Consejero de Estado, profesor o autor de derecho público, Procurador General de la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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