Micelio

Artículo 5

Si Se Hiciere Oposición, Se Pasará El Expediente Respectivo Al Jefe De La Sección Jurídico Administrativa De La Oficina Nacional De Minas, Quien Debe Presentar Proyecto De Resolución, Dentro Del Término De Quince Días, Y El Ministro Dispondrá De Los Quince Días Restantes Para Dictar Su Resolución

Decreto 640 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Ley 14 de 19123

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Si se hiciere oposición, se pasará el expediente respectivo al Jefe de la Sección Jurídico Administrativa de la Oficina Nacional de Minas, quien debe presentar proyecto de resolución, dentro del término de quince días, y el Ministro dispondrá de los quince días restantes para dictar su resolución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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