Micelio

Artículo 4

Ley 40 de 1910 · adicional a la número a la número 25 de 1910, que crea el Departamento del Norte de Santander

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si al hacerse la liquidación definitiva resultaren algunas deudas de cargo del extinguido Departamento de Santander, el pago de ellas se hará por iguales partes por los dos Departamentos en que ha quedado dividido aquel.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 40 de 1910