Micelio

Artículo 7

De La Ley 38 De 1981, A Las Reuniones De La Comisión De Concertación Para El Comercio Interno Podrán Asistir, Con Carácter Informativo, Los Senadores Y Representantes Designados Al Efecto Por La Comisión Permanente Del Plan

Decreto 648 de 1983 · Por el cual se crea una Comisión de Concertación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Créase la Comisión de Concertación para el Comercio Interno, la cual estará integrada así

1.

El Ministro de Desarrollo Económico, quien la presidirá.

2.

El Ministro de Agricultura.

3.

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación.

4.

Un delegado del Ministerio de Hacienda.

5.

El Director del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.

6.

Un representante de la Federación Nacional de Comerciante, Fenalco.

7.

Un representante de la Asociación Nacional de Industriales, ANDI.

8.

Un representante de la Sociedad de Agricultores de Colombia, SAC.

9.

Un representante de Confecámaras, y

10.

Un representante de la Confederación Colombiana de Consumidores.

Parágrafo 1

La Secretaría Técnica de la Comisión estará a cargo del Departamento Nacional de Planeación.

Parágrafo 2

Según lo establecido en el inciso tercero del artículo 7° de la Ley 38 de 1981, a las reuniones de la Comisión de Concertación para el Comercio Interno podrán asistir, con carácter informativo, los Senadores y Representantes designados al efecto por la Comisión Permanente del Plan.

Parágrafo 3

El Presidente de la Comisión de Concertación para el Comercio Interno podrá invitar a las reuniones de ésta, a representantes de otras asociaciones y organismos oficiales y privados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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