Art. 4.° El Gobierno procederá cuanto antes á hacer la refacción de los edificios nacionales destinados al servicio de la Aduana de Barranquilla; para lo cual incluirá en la liquidación del Presupuesto la suma de diez mil pesos ($ 10,000).
Asimismo procederá á proveer la citada Aduana de una lancha de vapor y dos falúas comunes para el servicio de los Resguardos de Barranquilla y Salgar, disponiendo para esto la suma de diez mil pesos ($10,000), oro americano, que incluirá igualmente en la liquidación del Presupuesto.