Artículo segundo. La Junta Directiva del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" estará integrada por
a)
El Ministro de Hacienda o su representante, quien la presidirá;
b)
El Ministro de Defensa Nacional o su delegado;
c)
El Ministro de Agricultura o su delegado; y
d)
Un representante del Presidente de la República, elegido de terna presentada por la Sociedad de Agricultores de Colombia.