Micelio

Artículo 10

Decreto 888 de 1997 · por el cual se reglamenta el funcionamiento y la administración del Fondo Ambiental de la Amazonia, «Famazónico».

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Areas programáticas. El Famazónico determinará cada año, de acuerdo con la política y prioridades del Gobierno Nacional, las áreas programáticas a las cuales se les asignarán recursos financieros y los correspondientes montos. Los proyectos que se presenten con el fin de obtener una contrapartida o ser financiados por el Famazónico, deben estar dirigidos a atender las áreas programáticas definidas para el respectivo año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 888 de 1997