Micelio

Artículo 1

La Dirección General De Marina Tendrá Las Siguientes Reparticiones: 1

Decreto 1159 de 1950 · Por el cual se dictan algunas disposiciones orgánicas de la Armada Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Dirección General de Marina tendrá las siguientes reparticiones

1.

Despacho del Director.

2.

Inspección General de Marina.

3.

Ayudantía General.

4.

Estado Mayor Naval, con las siguientes Secciones: Grupo funcional: Sección M-l (Personal). Sección M-2 (Informaciones). Sección M-3 (Operaciones). Sección M-4 (Logística). Grupo técnico: Sección Jurídica y Negocios Generales. Sección Buques y Astilleros. Sección Comunicaciones. Sección Faros y Boyas. Sección Armamento.

Parágrafo

Las Secciones del Grupo Técnico del Estado Mayor Naval funcionarán con sede en el lugar que determine la Dirección General de Marina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1159 de 1950