°. La incorporación de los empleados públicos a la nueva planta de personal establecida en el artículo 2° del presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes treinta (30) días, contados a partir de la fecha de su publicación. Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
Decreto 1523 de 2013 →Vigente
Artículo 5
La Incorporación De Los Empleados Públicos A La Nueva Planta De Personal Establecida En El Artículo 2° Del Presente Decreto, Se Hará Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes Sobre La Materia, Dentro De Los Siguientes Treinta (30) Días, Contados A Partir De La Fecha De Su Publicación
Decreto 1523 de 2013 · por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar, La Guajira y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.