°. Modifícase el artículo 1° del Decreto 2569 del 6 de julio de 2007, el cual quedará así: “Artículo 1°. Aprobación del Programa de Enajenación . Apruébese el programa de enajenación (en adelante el “Programa de Enajenación” o el “Programa”), incluido en los artículos siguientes, el cual contiene las reglas conforme a las cuales se enajenarán doce mil quinientas sesenta y tres millones ciento noventa y cuatro mil quinientas treinta y dos (12.563.194.532) acciones ordinarias (en adelante y para todos los efectos las “Acciones”) que la Nación-Ministerio de Minas y Energía y Ministerio de Hacienda y Crédito Público poseen en la Electrificadora de Santander S.A. ESP Empresa de Servicios Públicos, empresa de servicios públicos mixta, de nacionalidad colombiana (en adelante y para todos los efectos “ESSA”), equivalentes al ochenta y dos punto cuatro nueve por ciento (82.49 %) del total del capital suscrito y pagado de esta empresa de servicios públicos domiciliarios”.
Decreto 3105 de 2007 →Vigente
Artículo 1
Modifícase El Artículo 1° Del Decreto 2569 Del 6 De Julio De 2007, El Cual Quedará Así: “artículo 1°
Decreto 3105 de 2007 · por el cual modifica el Decreto 2569 de 2007.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.