Aceptación de causales. Procedimiento. Cuando la Corte aceptare como justificadas alguna o algunas de las causales propuestas, precederá así:
1. Si la causal aceptada fuere la primera o la segunda, casará el fallo y dictará el que deba reemplazarlo;
2. Si la causal aceptada fuere la tercera, devolverá el proceso por conducto del Tribunal, al juzgado de origen para que se convoque a nuevo jurado, y
3. Si la causal aceptada fuere la cuarta, declarará en qué estado queda el proceso y dispondrá que se envíe al tribunal de origen para que proceda con arreglo a lo resuelto por la Corte.