Micelio

Artículo 5

Los Sobrantes Mensuales Que Den Las Agencias Postales Nacionales De Barranquilla, Buenaventura, Cartagena, Colón, Riohacha, Santamaría Y Tumaco Se Remitirán Á La De Panamá, Para Que Reuniendo Los Con Los Propios, Cumpla Con 1os Órdenes Que, Con Referencia Á Estos Sobrantes, Se Le Tienen Comunicadas

Decreto 885 de 1884 · Por el cual se determina el modo de rendir sus cuentas las Agencias postales y se fijan algunas fianzas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los sobrantes mensuales que den las Agencias postales nacionales de Barranquilla, Buenaventura, Cartagena, Colón, Riohacha, Santamaría y Tumaco se remitirán á la de Panamá, para que reuniendo los con los propios, cumpla con 1os órdenes que, con referencia á estos sobrantes, se le tienen comunicadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 885 de 1884