Artículo único . Legalízase la Resolución número 378 de 1949 (septiembre 23) del Registrador Nacional del Estado Civil, transcrita en la parte motiva de este Decreto. Comuníquese y publíquese.
Decreto 3237 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3237 de 1949 · por el cual se legaliza la creación de unos cargos transitorios en el Departamento de Identificación de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.