Micelio

Artículo 6

La Sección De Personal De La Dirección General Del Ejercito Expedirá Las Ordenes Al Administrador Del Cementerio Central De Bogotá Para La Inhumación Y Exhumación De Los Restos De Los Miembros De Las Fuerzas Militares, Dando El Aviso Correspondiente A La Sección De Culto Del Estado Mayor General De Las Fuerzas Militares, Indicará A Los Deudos De Los Militares, Cuyos Restos Deban Ser Exhumados, La Época En Que Deban Serlo, Con El Fin De Que Ellos Determinen Si Han De Ser Colocados En El Osario Del Mausoleo O Si Los Reclaman Para Ser Trasladados A Otro Lugar

Decreto 2478 de 1949 · por el cual se dictan unas disposiciones sobre el Mausoleo Militar de la ciudad de Bogotá.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Sección de Personal de la Dirección General del Ejercito expedirá las ordenes al Administrador del Cementerio Central de Bogotá para la inhumación y exhumación de los restos de los miembros de las Fuerzas Militares, dando el aviso correspondiente a la Sección de Culto del Estado Mayor General de las Fuerzas Militares, Indicará a los deudos de los militares, cuyos restos deban ser exhumados, la época en que deban serlo, con el fin de que ellos determinen si han de ser colocados en el osario del Mausoleo o si los reclaman para ser trasladados a otro lugar. Caso de que los dejen o no los reclamen quedarán en el osario del cual no podrán ser retirados por ningún motivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2478 de 1949