La dirección y representación del Instituto Colombiano de cultura estará a cargo de un Director, que será agente del presidente de la República, funcionarios de su libre nombramiento y remoción.
Decreto 994 de 1969 →Vigente
Artículo 18
La Dirección Y Representación Del Instituto Colombiano De Cultura Estará A Cargo De Un Director, Que Será Agente Del Presidente De La República, Funcionarios De Su Libre Nombramiento Y Remoción
Decreto 994 de 1969 · Por el cual se adoptan los estatutos del Instituto Colombiano de Cultura
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.