ARTICULO 29. Con el propósito de atender el costo del proyecto de nivelación salarial de la Fuerza Pública, tanto del personal activo como retirado, estimado en DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL MILLONES DE PESOS ($244.000.000.000) moneda corriente, a precios del año 1992, el Gobierno asignará, en el período 1993-1996, las partidas presupuestales correspondientes, en las siguientes proporciones: AÑO PORCENTAJE ASIGNACION PRESUPUESTAL 1993 9% 1994 35% 1995 28% 1996 28%
Artículo 29
Con El Propósito De Atender El Costo Del Proyecto De Nivelación Salarial De La Fuerza Pública, Tanto Del Personal Activo Como Retirado, Estimado En Doscientos Cuarenta Y Cuatro Mil Millones De Pesos ($244
Decreto 25 de 1993 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional y empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.