Micelio

Artículo 17A

Ley 1315 de 2009 · por medio de la cual se establecen las condiciones mínimas que dignifiquen la estadía de los adultos mayores en los centros de protección, centros de día e instituciones de atención.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los centros de protección social de día, así como las instituciones de atención deberán acoger a los adultos mayores afec­tados por casos de violencia intrafamiliar como medida de protección y prevención.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1315 de 2009