Micelio

Artículo 2.2.3.3.9.14

Vertimiento Al Agua Y Exigencias Mínimas

Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transitorio. Vertimiento al agua y exigencias mínimas. Todo vertimiento a un cuerpo de agua deberá cumplir, por lo menos, con las siguientes normas:

Referencia

Usuario existente

Usuario nuevo

pH

5 a 9 unidades

5 a 9 unidades

Temperatura

= 40°C

= 40°C

Material flotante

Ausente

Ausente

Grasas y aceites

Remoción = 80% en carga

Remoción = 80% en carga

Sólidos suspendidos, domésticos o industriales

Remoción = 50% en carga

Remoción = 80% en carga

Demanda bioquímica de oxígeno:

Para desechos domésticos

Remoción = 30% en carga

Remoción = 80% en carga

Para desechos industriales

Remoción = 20% en carga

Remoción = 80% en carga

Carga máxima permisible (CMP), de acuerdo con lo establecido en los artículos 2.2.3.3.9.16 y 2.2.3.3.9.17 del presente Decreto.

(Decreto 1594 de 1984, artículo 72).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1076 de 2015