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Artículo 21

Funciones De La Dirección De Servicio Al Ciudadano Y Promoción De La Participación Ciudadana

Decreto 1080 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Servicio al Ciudadano y Promoción de la Participación Ciudadana . Son funciones de la Dirección de Servicio al Ciudadano y Promoción de la Participación Ciudadana, las siguientes

1.

Diseñar, implementar y realizar seguimiento al esquema de atención y protec¬ción al usuario del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

2.

Diseñar, implementar y realizar seguimiento al modelo, políticas y estrategias de servicio al ciudadano en la Superintendencia Nacional de Salud.

3.

Evaluar, gestionar, direccionar, tramitar y responder las peticiones, quejas y re¬clamos y/o denuncias presentadas por los ciudadanos o usuarios y comunicar a los peticionarios sobre el estado del trámite.

4.

Liderar al interior de la Superintendencia Nacional de Salud la implementación de políticas que incidan en la relación Estado - Ciudadano definidas por el De¬partamento Administrativo de la Función Pública.

5.

Ejecutar estrategias para la capacitación y divulgación sobre derechos y deberes en salud, la debida atención y protección al usuario, y la participación ciudadana.

6.

Diseñar e implementar estrategias para establecer espacios y canales de atención al ciudadano, y gestionar la presencia de la Superintendencia Nacional de Salud, en los diferentes esquemas de atención al ciudadano que operan en el Estado.

7.

Diseñar estrategias para la adopción, ejecución y control de los programas enca¬minados a la promoción de los derechos y deberes de los usuarios en salud y la participación ciudadana.

8.

Ejecutar en coordinación con la Superintendencia Delegada para Entidades Territoriales y Generadores, Recaudadores y Administradores de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, las actividades de servicio al ciudadano que requieran gestión desde el territorio, de acuerdo con las políticas y procedimientos institucionales.

9.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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