Micelio

Artículo 1

Decreto 603 de 1964 · por el cual se reglamenta el artículo 67 y su parágrafo, del Decreto N° 3224 de 1963. (Diciembre 19).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El Hospital Antituberculoso "Santa Clara", de Bogotá, es una institución dedicada a la prevención de la tuberculosis, y al tratamiento y rehabilitación de los enfermos tuberculosos, preferentemente; además podrá prevenir y tratar otras entidades patológicas a medida que la tuberculosis vaya dejando de ser un problema de cuidados médicos hospitalarios. Colaborará en el adiestramiento de personal médico y paramédico que se requiera en las actividades antituberculosas nacionales, regionales o locales, actuando en esta última parte en coordinación con la Oficina de Formación y Adiestramiento de Personal del Ministerio de Salud Pública, y con las facultades de Medicina, Enfermería y afines.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 603 de 1964