Micelio

Artículo 1

A Partir Del Primero De Marzo Próximo, Los Inspectores De Telégrafos E Inspectores Constructores Tendrán Derecho A Tres Pesos ($ 3) Diarios De Viáticos Mientras Se Encuentren En Correría, Visita A Oficinas Postales O Telegráficas, Y Construcción, Remonta O Sostenimiento De Líneas Telegráficas O Telefónicas, Fuera Del Lugar De Su Residencia

Decreto 397 de 1940 · Por el cual se deroga el artículo 13 del Decreto 397 de 1938, y se dictan algunas disposiciones sobre viáticos a los Inspectores de Telégrafos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir del primero de marzo próximo, los Inspectores de Telégrafos e Inspectores Constructores tendrán derecho a tres pesos ($ 3) diarios de viáticos mientras se encuentren en correría, visita a Oficinas Postales o Telegráficas, y construcción, remonta o sostenimiento de líneas telegráficas o telefónicas, fuera del lugar de su residencia. Si el Inspector se demorare injustificadamente en algún lugar, se le hará un descuento proporcional en los viáticos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 397 de 1940