Micelio

Artículo 3

Ley 59 de 1973 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración de dos importantes fechas históricas y se destinan unas partidas para la realización de obras en el Municipio del Socorro, Departamento de Santander

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destínanse para la realización de las obras señaladas en el artículo anterior las siguientes sumas:

a)

Para dotación y construcción del edificio de la Escuela Industrial, por intermedio del Instituto Colombiano de Construcciones Escolares (ICCE) tres millones de pesos ($ 3.000.000).

b)

Para dotación y construcción del Edificio donde funcionará el Centro Cívico Cultural José Antonio Galán, por intermedio del Ministerio de Obras Públicas (Edificios Nacionales) cuatro millones de pesos ($ 4.000.000).

c)

Para dotación y construcción de Hotel de Turismo por intermedio de la Corporación Nacional de Turismo tres millones de pesos ($ 3.000.000).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 59 de 1973