° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2452 de 1972 →Vigente
Artículo 3
Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
Decreto 2452 de 1972 · Por el cual se reglamentan los parágrafos 1º y 2º del artículo 3º de la Ley 1ª de 1972
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.