Micelio

Artículo 27

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Los Artículos 10 Y 21 Y El Inciso 2º Del Artículo 31 Del Decreto 3803 De 1982 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias

Decreto 398 de 1983 · Por el cual se aclaran y modifican algunas normas del Decreto legislativo 3803 de 1982 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los artículos 10 y 21 y el inciso 2º del artículo 31 del Decreto 3803 de 1982 y demás disposiciones que le sean contrarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 398 de 1983