Micelio

Artículo 7

Incompatibilidad Con Las Pensiones

Ley 7777 de 1993 · LEY 7777 DE 1993, 09/09/1993,

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A los empleados y funcionarios a quienes se le suprima el cargo como consecuencia de la reestructuración de la entidad y que en el momento de la supresión del cargo o empleo tengan causados el derecho a una pensión, no se les podrá reconocer ni pagar la indemnización o bonificación a que se refiere esta Ley.

Si en contravención a lo dispuesto en el inciso anterior se paga una indemnización o una bonificación y luego se reclama y obtiene una pensión, el monto cubierto por la indemnización o la bonificación, más intereses liquidados a la tasa de interés corriente bancario, se descontará periódicamente de la pensión en el menor número de mesadas legalmente posible.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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