Micelio

Artículo 6

Autorízase A La Nación Y Sus Entidades Descentralizadas Para Efectuar Cruces De Cuentas Con Las Empresas Del Sector Eléctrico Sobre Las Obligaciones Que Recíprocamente Tengan Causadas, Incluidos Los Subsidios Eléctricos

Decreto 3100 de 2002 · por el cual se liquida la Ley 779 de 2002 que decreta unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación del año 2002.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Autorízase a la Nación y sus entidades descentralizadas para efectuar cruces de cuentas con las empresas del sector eléctrico sobre las obligaciones que recíprocamente tengan causadas, incluidos los subsidios eléctricos. Para estos efectos se requerirá acuerdo previo entre las partes. Estas operaciones deberán reflejarse en el presupuesto. El Gobierno adelantará las operaciones que sean del caso. El Ministerio de Minas y Energía para estos efectos solicitará el concepto previo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3100 de 2002