º Funciones . Para el cumplimiento de los objetivos señalados en el artículo anterior, el Centro desarrollará las siguientes funciones
Organizar y dictar cursos para graduados, conducentes a títulos profesionales de postgrado.
Organizar y dictar cursos para personas que, con motivo de su trabajo, necesiten conocimientos de técnicas fotogramétricas e interpretación de imágenes de la superficie terrestre, mediante el uso de recursos científicos y tecnológicos, para su aplicación a las ciencias de la tierra.
Organizar y dictar cursos y seminarios de actualización profesional, o de nivel intermedio, o difusión del uso de tecnologías avanzadas o apropiadas, en las áreas referidas en literal precedente.
Promover y desarrollar a través de planes, programas y proyectos el uso y aplicación de la fotogrametría e interpretación de imágenes de la superficie terrestre mediante el empleo de ciencia y tecnología avanzada o apropiada al desarrollo de los recursos naturales renovables y no renovables para la economía nacional.
Diseñar y desarrollar investigaciones en los campos mencionados, tanto para fines académicos como para atender servicios de asesoría o consultaría a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.
Realizar tareas de difusión de resultados de investigación o estudios efectuados por el Centro en las áreas de su competencia y organizar e implementar servicios de información atinentes a los mismos.
Procurar el incremento de inversiones públicas y privadas, nacionales o internacionales al desarrollo de planes, programas y proyectos de técnicas de formación académica e investigación así como de implementación de resultados en las áreas de su competencia.
Prestar asistencia técnica para proyectos de investigación y desarrollo que utilicen los recursos científicos y tecnológicos en fotogrametría y fotointerpretación con miras al desarrollo de recursos naturales renovables y no renovables para la economía nacional.
Los programas académicos tendientes a títulos profesionales de postgrado se desarrollarán de conformidad con las normas de la Universidad Nacional de Colombia. La organización de cursos y los requisitos para el otorgamiento de títulos o certificados, se regirán por la reglamentación que a tal efecto expida la Junta Directiva del Centro previo acuerdo con la Universidad Nacional de Colombia.