Micelio

Artículo 90

Son Sanciones Accesorias Las Siguientes: A) Para Quienes Sufren Arresto Simple, Descuento De Una Quinta Parte Del Sueldo Básico Correspondiente A Cada Día Que Dure La Sanción

Decreto 1835 de 1979 · Por el cual se subroga el reglamento de régimen disciplinario para la Policía Nacional aprobado y adoptado por el Decreto 2857 de 1966

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son sanciones accesorias las siguientes

a)

Para quienes sufren arresto simple, descuento de una quinta parte del sueldo básico correspondiente a cada día que dure la sanción.

b)

Para quienes sufran arresto severo descuento de las dos quintas partes del sueldo básico correspondiente a cada día que dure la sanción.

c)

Perdida de nombramientos honoríficos para quienes fueren reincidentes en faltas sancionadas con arresto severo.

Parágrafo 1

Los descuentos a que se refieren los ordinales a y b tienen carácter de multa y se harán efectivos por las respectivas autoridades nominadoras en favor del bienestar Social de la unidad a que pertenezca el infractor.

Parágrafo 2

Las simples amonestaciones o correcciones en el servicio no serán consideradas como sanciones disciplinarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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