Micelio

Artículo 177

Término Para Fallar

Decreto 1797 de 2000 · por el cual se expide el Reglamento de Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares.

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

TÉRMINO PARA FALLAR. Vencido el período probatorio o de no haber pruebas que practicar, el funcionario competente proferirá decisión de fondo dentro del término de diez (10) días. En caso de que los investigados sean tres (3) o más el término se ampliará en diez (10) días más.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2001
    C-713/01ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Decreto 1797 de 2000