Micelio

Artículo 2

Ley 25 de 1944 · Por medio de la cual se auxilia la construcción de una obra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La suma de que trata el artículo anterior se incluirá en el presupuesto de la próxima vigencia, y si no fuere posible, el gobierno queda facultado para arbitrar los recursos extraordinarios que fueren necesarios a tal objeto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 25 de 1944