Micelio

Artículo 66

La Comisión De Personal De La Carrera Diplomática Y Consular Estará Integrada Por El Secretario General, Quien La Presidirá: Por El Subsecretario De Política Exterior; Por El Subsecretario De Asuntos Administrativos Y Por El Decano Del Instituto Colombiano De Estudios Internacionales

Decreto 2017 de 1968 · Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular estará integrada por el Secretario General, quien la presidirá: por el Subsecretario de Política Exterior; por el Subsecretario de Asuntos Administrativos y por el Decano del Instituto Colombiano de Estudios Internacionales. El Jefe de la Sección de Personal el Ministerio actuará como Secretario de la Comisión y redactará las actas correspondientes, las cuales tendrán carácter reservado.

Parágrafo

Esta Comisión se reunirá por convocación del Secretario General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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