Micelio

Artículo 2

La Operación De Los Puertos Carboníferos Deberá Realizarse De Acuerdo Con Las Mejores Prácticas Y Tecnologías Limpias Que Eviten La Dispersión De Partículas De Carbón, Incluyendo Entre Otros, Sistemas De Humectación Eficientes, Control De Altura De Pilas De Almacenamiento Y De Descarga De Carbón, Reducción De Inventarios Y Control De Emisiones En Puntos De Transferencia

Decreto 3083 de 2007 · por el cual se reglamentan el artículo 39 del Decreto-ley 2811 de 1974 y el artículo 3° de la Ley 336 de 1996.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La operación de los puertos carboníferos deberá realizarse de acuerdo con las mejores prácticas y tecnologías limpias que eviten la dispersión de partículas de carbón, incluyendo entre otros, sistemas de humectación eficientes, control de altura de pilas de almacenamiento y de descarga de carbón, reducción de inventarios y control de emisiones en puntos de transferencia. Estas operaciones contarán con barreras u otros dispositivos para el control de la dispersión de estas partículas por fuera de las zonas de manejo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3083 de 2007