Micelio

Artículo 51

También Deberá La Zona Franca Proceder A La Venta En Pública Subasta De Mercancías Depositadas En Los Almacenes Administrados Por Ella, Cuando A Juicio De Peritos Que Ella Designe Se Observe En Aquellas Señales De Alteración O Avería Que Puedan Menoscabar Su Valor O Inutilizarlas

Decreto 2411 de 1975 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca, Industrial y Comercial de Cartagena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

También deberá la Zona Franca proceder a la venta en pública subasta de mercancías depositadas en los almacenes administrados por ella, cuando a juicio de peritos que ella designe se observe en aquellas señales de alteración o avería que puedan menoscabar su valor o inutilizarlas. En este caso se enunciará la subasta con la anticipación que permita la inminencia del daño o riesgo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2411 de 1975