º. El Comité tendrá un Presidente que será el Oficial más antiguo en servicio activo de los tres nombrados en el artículo primero. Tanto éste como los otros dos miembros o sus suplentes, tendrán voz y voto en las deliberaciones y decisiones del Comité.
Decreto 3033 de 1955 →Vigente
Artículo 3
El Comité Tendrá Un Presidente Que Será El Oficial Más Antiguo En Servicio Activo De Los Tres Nombrados En El Artículo Primero
Decreto 3033 de 1955 · Por el cual se crea el Comité Nacional de Coordinación Aérea
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.