Modificar el Artículo 1.2.2.2.2 del Decreto 1821 de 2020, el cual quedará así: “Artículo 1.2.2.2.2. Citación a sesión de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión para la Asignación para la Inversión Regional en cabeza de las regiones. La Comisión Rectora del Sistema General de Regalías definirá los términos para la citación a sesión del Órganos Colegiados de Administración y Decisión para la Asignación para la Inversión Regional en cabeza de las regiones. En todo caso, con la citación se deberá remitir el resultado de la priorización y el concepto técnico único sectorial.
Entre tanto la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías define, mediante acuerdo, el reglamento de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión para la Asignación para la Inversión Regional en cabeza de las regiones, este podrá sesionar, deliberar y decidir de conformidad con lo dispuesto en el presente Decreto y la Ley 2056 de 2020. El término para la citación a sesión de los OCAD a que se refiere este Artículo se realizará por escrito con una antelación no menor de siete (7) días calendario antes de la fecha de realización de la sesión.”