Micelio

Artículo 1

La Comisión De Regulación De Agua Potable Y Saneamiento Básico Dentro De Un Plazo De Dieciocho (18) Meses Contados A Partir De La Entrada En Vigencia Del Presente Decreto Adelantará Los Estudios Técnicos Necesarios Y Establecerá En Sus Metodologías Tarifarias Aplicables Al Servicio Público Domiciliario De Acueducto, Los Consumos Básicos Y Máximos Por Regiones, De Conformidad Con Lo Establecido Por Las Leyes 142 De 1994 Y 373 De 1997, Que Incentiven El Ahorro Del Agua

Decreto 1421 de 1998 · por el cual se modifica el plazo establecido por el artículo 10 del Decreto 3102 de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico dentro de un plazo de dieciocho (18) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto adelantará los estudios técnicos necesarios y establecerá en sus metodologías tarifarias aplicables al servicio público domiciliario de acueducto, los consumos básicos y máximos por regiones, de conformidad con lo establecido por las Leyes 142 de 1994 y 373 de 1997, que incentiven el ahorro del agua. En consecuencia, modifícase el plazo establecido por el artículo 10 del Decreto 3102 de 1997.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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